Una de las frases más manidas que se escuchan en los corrillos de los expertos en el desarrollo e implementación de la tecnología blockchain es la de que “los reguladores no ayudan”, o sea, que las entidades públicas se resisten, en cierta manera, a dar facilidades al desarrollo de esta tecnología. Esa es una verdad a medias…
Es cierto que las instituciones oficiales, especialmente las legislativas, suelen andar lentas de reflejos a la hora de tratar las cuestiones relacionadas con las más nuevas tecnologías. Por otro lado, es algo lógico que, antes de dar vía libre, los legisladores vayan con pies de plomo con algo que desconocen y cuyas consecuencias, positivas o negativas, no son fáciles de vislumbrar.
El caso italiano puede ser paradigmático para mostrar cómo se genera un marco legal para la tecnología de la contabilidad distribuida. En los últimos meses el escenario se ha movido mucho en el país transalpino, que ha sabido reconocer el momento de legislar sobre una tecnología, la DLT, que está aquí para quedarse.
Un proyecto de ley madurado y sensato
Partimos de la noticia de la aprobación de la llamada Semplificazioni, nombre corto del proyecto de ley que genera una base legal sobre la que trabajar con DLT y blockchain: qué es, qué se puede hacer y otros términos, destacando la definición de los requisitos técnicos para reconocer validez legal a los registros de la contabilidad distribuida.
Esta ley no surge de la nada. Ya el pasado septiembre, la Bota se unía a la European Blockhain Partnership, creada a principios de ese mismo año 2018, una liga de 22 países más que interesante para alcanzar un marco estándar de regulación de rango cuasi-europeo. Justo a final de año el gobierno hizo público su comité de expertos en la materia, que supervisará todo lo relacionado con este ámbito.
Por otra parte, la regulación tiene que ver con una preocupación mayor: los casos de dudosa legalidad o directamente delictivos que pueden surgir al albur de la inversión online en criptomoneda. Una preocupación que no es, ni mucho menos, exclusiva de Italia, como comentamos hace unos días hablando del caso español.
Así, medio por necesidad frente a la rapacidad de algunos, medio para no quedar descolgados de las ventajas competitivas que ofrecen las tecnologías disruptivas Italia (que también se ha integrado en los llamados “Siete Mediterráneos”) ha sabido así escapar a la precipitación y los bandazos legislativos de otros países como Bolivia o Indonesia.